Solicitud de cambio de base de cotización de Trabajadores Autónomos

Los trabajadores por cuenta propia o autónomos que lo deseen (salvo aquellos cuya actividad sea la venta ambulante o la venta a domicilio), podrán solicitar el cambio de su base de cotización, eligiendo otra ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social antes del día 31 de octubre de 2012, considerando que los efectos del cambio serán del próximo 1 de enero de 2013.

Aún estando pendiente la determinación de las nuevas bases de cotización para el año 2013, a modo orientativo para considerar las futuras aportaciones, reseñamos la base máxima de cotización prevista para este año 2012, que es de 3.262,50 euros mensuales y que implica el pago de una cuota mensual aproximada de 972,23 euros mensuales.

Esta cuota que podrá variar en función de las coberturas por las que haya optado el propio trabajador autónomo.

Por todo ello, y a fin de facilitarles su decisión al respecto de un cambio de bases de cotización, considerando la actual normativa recogida en la Ley de Presupuestos Generales de Estado, les informamos de los dos escenarios posibles que se establecen para los trabajadores autónomos:

 

§         Cambio Base de Cotización para autónomos menores de 47 años

Ø       Los trabajadores autónomos que a 1 de enero 2013 sean menores de 47 años podrán elegir entre los límites de las bases mínima y máxima, que para el 2012 se corresponden en las cuantías de 850,20 euros y 3.262,50 euros.

§         Cambio Base de Cotización para autónomos de 47 años o más

Ø       Los trabajadores autónomos que a 1 de enero 2013 tengan ya 47 años o más, podrán elegir entre los límites de las bases mínima y el máximo de cotización en función de la edad del trabajador autónomo, que para el 2012 se corresponden con las cuantías de 850,20 euros y 1.870,50 euros.

 

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